Control horario de los trabajadores a través de un portal del empleado
Las empresas deberán “garantizar” el registro diario de la jornada laboral de cada uno de sus trabajadores a partir del próximo mes de mayo, según el decreto ley aprobado recientemente por el Gobierno.
El registro deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de cada empleado. Este control es, hoy en día, muy sencillo de realizar a través de medios electrónicos, sin perjuicio de superar los límites de intimidad y dignidad. Es por ello por lo que soluciones como la lectura biométrica de huella dactilar, o el registro o logueo de usuario pueden servir para que las empresas puedan estar perfectamente adaptadas a esta nueva situación.
HERA ya dispone de un módulo de control horario, que cubre las necesidades de la empresa para cumplir la nueva norma. El portal de empleados HERA es una herramienta que sirve para facilitar las gestiones entre empresa y empleado en lo que a relaciones laborales se refiere, y que desde hace tiempo ya está preparada para el registro de entrada, salida y horarios de sus usuarios o empleados.
Actualmente, los empleados a tiempo parcial ya reciben información de las horas ordinarias y extraordinarias que realizan cada mes. Con la aprobación del real decreto ley, la obligación del registro de la jornada laboral se extiende a empleados a tiempo completo, es decir, a todos los trabajadores.
Este registro se organizará y documentará según lo pactado en el marco de la negociación colectiva, en un acuerdo de empresa o, en su defecto, a “decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores”.
Métodos de registro
En la actualidad, HERA está integrada con los siguientes métodos de registro horario:
- Fichaje digital desde web, para accesos privados desde un puesto informático y limitación por IPs.
- Fichaje digital desde móvil, para accesos privados con un par de toques en nuestra app para iOS y Android.
- Lectura biométrica de huella mediante un hardware de instalación mural, integrado con HERA.
Cualquiera de estos tres métodos transmite directamente al sistema las horas de entrada y salida activadas por el propio usuario, con lo que se cumplen todos los requisitos necesarios para lograr el control de accesos objeto de este cambio legal.
La tecnología utilizada por el portal de empleados HERA facilita además que el trabajador esté correctamente informado de dicho registro, y que la empresa pueda extraer sin complicaciones esta información para todos los requerimientos.
La norma establece que el incumplimiento de una empresa en la elaboración del registro de la jornada laboral es una infracción grave. Eso supone que las empresas se enfrentan a multas de entre 626 y 6.125 euros. Está previsto que el 12 de mayo de 2019 entre en vigor esta nueva norma. ¿Está tu empresa preparada?